SERVICIOS

Asesoría en Materia de Zona Federal
Marítimo Terrestre

De acuerdo con Ley General de Bienes Nacionales, reglamentaria de las disposiciones contenidas en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se faculta a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), ejercer la posesión, delimitación, control y administración sobre la zona federal marítimo-terrestre, playas y terrenos ganados al mar. Establece entre otras cosas, a la SEMARNAT los criterios para el otorgamiento de concesiones para el uso y aprovechamiento de la zona federal marítimo-terrestre, playas y terrenos ganados al mar, por un plazo determinado a las personas morales y físicas que así lo soliciten, salvo aquellas excepciones previstas en otras leyes, atendiendo a la actividad para la que se requiere, el área, el plazo que se necesita para amortizar la inversión que vaya a efectuarse, el beneficio que reporte para la zona y los aspecto de naturaleza análoga que según su criterio resulten procedentes. En este rubro, ofrecemos los siguientes servicios profesionales:
  • Delimitación y elaboración de planos de la Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar acordes con la normatividad vigente
  • Integración de solicitudes para obtener la concesión de la Zona Federal Marítimo-Terrestre
  • Autorización para la desincorporación de Terrenos Ganados al Mar
  • Permiso para la construcción de obras en la zona federal marítimo terrestre
  • Modificación a las bases para el cambio de uso de suelo en los títulos de concesión de zona federal
  • Aviso de invasión de aguas a propiedades y ejecución de obras de defensa
  • Gestión para obtener autorización ambiental para la construcción de muelles ante la SEMARNAT y permisos de operación ante la S.C.T.

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